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Tiempo de lectura: 3 minutos

La Ley de Segunda Oportunidad permite a particulares y autónomos cancelar legalmente las deudas que no pueden pagar y empezar de cero. Existe, está en la ley concursal, funciona y se usa cada vez más. Lo que no es: gratis, automática ni para todo el mundo.

Esta es la explicación honesta: qué se cancela y qué no, los requisitos de verdad y cuándo compensa planteársela.

Qué es exactamente

Técnicamente se llama exoneración del pasivo insatisfecho: dentro de un concurso de acreedores de persona física, el juez declara canceladas las deudas que no has podido pagar. Desde la reforma de 2022 el procedimiento es más directo que antes: ya no hace falta el intento previo de acuerdo extrajudicial que atascaba todo.

Los requisitos de verdad

  • Ser persona física: particular o autónomo.
  • Estar en insolvencia actual o inminente: no poder pagar, o ver que no podrás en los próximos tres meses.
  • Ser deudor de buena fe, que en la práctica significa sobre todo dos cosas: no haber sido condenado por delitos económicos o patrimoniales en los últimos diez años, y no haber sido sancionado por infracciones tributarias muy graves.
  • No haber usado ya la exoneración hace poco: al menos dos años si la anterior fue con plan de pagos, y cinco si fue con liquidación.

Fíjate en lo que no aparece: no hay un mínimo de deuda legal, no hace falta tener varios acreedores distintos de cualquier manera ni ninguna de las condiciones raras que circulan por ahí.

Qué deudas se cancelan y cuáles no

Se exonera la mayoría de la deuda privada: préstamos, tarjetas, minicréditos, descubiertos, deudas con financieras y con particulares. Y ahora, lo que no se cancela:

  • Las pensiones de alimentos.
  • La responsabilidad civil por delitos o por daños personales.
  • Las multas y sanciones penales y administrativas graves.
  • Las deudas con garantía real, como la hipoteca, hasta donde cubra la garantía.
  • Las costas judiciales recientes.
  • Y la deuda pública, solo en parte: se puede exonerar hasta un máximo de 10.000 euros con Hacienda y otros 10.000 con la Seguridad Social (los primeros 5.000 íntegros y, a partir de ahí, el 50% hasta el tope). Lo que pase de ahí se queda.

Las dos vías: con y sin liquidación

Con liquidación: se vende el patrimonio embargable que tengas y la exoneración llega antes. Es la vía típica de quien no tiene apenas bienes.

Sin liquidación, con plan de pagos: conservas tus bienes, incluida en ciertos casos la vivienda habitual, a cambio de destinar tus ingresos embargables a un plan de tres a cinco años. Al cumplirlo, lo pendiente se exonera.

El procedimiento completo suele moverse entre 6 y 18 meses según el juzgado y la complejidad del caso.

Lo que nadie te cuenta en los anuncios

Tres verdades incómodas. Una: no es gratis; necesitas abogado y procurador, y quien te prometa «cancelar todas tus deudas, garantizado y sin coste» te está vendiendo otra cosa. Dos: no todo se borra, como acabas de ver con la deuda pública y las hipotecas. Tres: durante un tiempo tu acceso al crédito quedará tocado, porque el concurso deja rastro. Sigue siendo, para muchas personas, la mejor decisión disponible; pero tómala con los ojos abiertos, no por un anuncio.

¿Compensa en tu caso?

Orientación rápida y honesta. Tiene sentido planteársela si tu deuda es claramente impagable con tus ingresos reales, es sobre todo privada, y llevas tiempo en la espiral de recargos, ficheros y embargos. Probablemente no compense si la deuda es pequeña y negociable: para un impago de 4.000 euros, negociar una quita con el acreedor o reordenar pagos suele ser más rápido y barato. Y si lo que te ahoga es la suma de varias cuotas, mira antes la reunificación de deudas. Ahí el camino empieza en qué pasa si no puedes pagar, en comprobar si algo ya prescribió y en limpiar los ficheros cuando toque.

Base legal: texto refundido de la Ley Concursal (arts. 486 y siguientes), reformado por la Ley 16/2022. Revisado en agosto de 2026.

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SuperDinero es una marca de SUPER DINERO LIMITED (Reino Unido, Company number 16823145). Contenido revisado por Bruno Velázquez, responsable de contenidos. Actualizado en agosto de 2026.

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Bruno Velazquez

Bruno es redactor en SuperDinero y se encarga de escribir para que cualquier persona pueda entender el complicado lenguaje de las finanzas y los préstamos. Entre sus pasiones está la lectura, sobre todo un buen libro de economía, y si no está leyendo seguro que está jugando un partido de pádel.